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Con fecha 13.04.2022, se publicó en el Diario Oficial la Ley N°21.442 de Copropiedad Inmobiliaria. Dicha normativa crea, entre otras cosas, el Registro Nacional de Administradores de Condominios, que será de carácter público, obligatorio y gratuito, a cargo del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

Para ello, la ley mandata la generación de un reglamento específico, el que establecerá las normas necesarias para el procedimiento de inscripción, actualización y funcionamiento de dicho Registro Nacional, señalando asimismo las demás condiciones en que han de operar los administradores y subadministradores inscritos, diferenciando entre aquellos que realizan esta labor a título oneroso o gratuito.

En su artículo 6° transitorio, la ley establece que el reglamento deberá ser sometido a una consulta pública, por un plazo no inferior a 30 días.

FUENTE: https://participacionciudadana.minvu.gob.cl/consultas-ciudadanas-virtuales/propuesta-de-reglamento-de-registro-nacional-de-administradores-de

REGISTRO NACIONAL DE ADMINISTRADORES DE CONDOMINIOS

REGISTRO NACIONAL DE ADMINISTRADORES DE CONDOMINIOS Y EDIFICIOS