Conoce todo lo que debes saber sobre la Nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria, cuáles son las incorporaciones, los plazos y sus principales beneficios.
¿De qué se trata la nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria?
La nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria, Ley 21.442, ha sido lanzada por el Ministro de Vivienda y Urbanismo, Carlos Montes, y la Subsecretaria Tatiana Rojas a mediados del mes de abril del corriente año.
Esta normativa tiene por objetivo realizar una actualización de la legislación de 1997, incluyendo mejoras en determinados aspectos.
En este punto, no se trata de un cambio de la lógica de la actual Ley 19.537, sino que tiene que ver con beneficios para las comunidades que actualicen los Reglamentos de Copropiedad.
Más posibilidades
La nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria se ha presentado como un cambio positivo para la vida de las personas que viven en comunidades.
La principal modificación se ha focalizado en facilitar la vida en común de las personas que habitan en un edificio.
Se trata de una Ley que intenta darle más posibilidades y beneficios a este colectivo de personas que viven en comunidad.
Incorporaciones de la Ley
La nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria se trata de una modificación de la ley anterior, que proporciona distintas ventajas comparativas.
La norma ha realizado incorporaciones que permiten visibilizar las mejoras para las personas que viven en comunidad.
A continuación, te presentamos un resumen con los principales puntos y beneficios que brinda la ley para los habitantes de condominios.
Registro Nacional de Administradores de Condominios
Como parte de las incorporaciones de la Ley de Copropiedad Inmobiliaria, se crea el Registro Nacional de Administradores de Condominios.
Este Registro Nacional se encontrará a cargo del Ministerio de Vivienda y Urbanismo de Chile (MINVU).
El mismo será de carácter público, gratuito y obligatorio, brindando la posibilidad a las distintas comunidades de elegir administradores calificados.
Sistema de Reclamaciones y Sanciones sobre la Administración
El Sistema de Reclamaciones y Sanciones sobre la Administración permite a las comunidades, la posibilidad de efectuar reclamaciones sobre las actuaciones de los administradores.
Las mismas pueden ser efectuadas en las diversas Secretarías Regionales del Ministerio de Vivienda y Urbanismo de Chile.
En dichas oficinas se buscará corroborar las infracciones y en caso de encontrarse evidencia, se procederá a dictaminar sanciones.
Facilidades para acuerdos en asambleas
Gracias a la nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria se amplía el horizonte de posibilidades para adoptar acuerdos en asambleas.
El objetivo es facilitar la mediación, brindando más canales y medios, lo cual mejora a su vez la comunicación entre las partes involucradas.
Se trata de la realización de asambleas por vía telemático o virtual, consultas por escrito, autorización de participación de arrendatarios, simplificación de quórums, entre otros.
Fortalecimiento público para el condominio social
En esta nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria se incluye y fortalece el apoyo público para condominios de viviendas sociales.
Tanto las municipalidades, gobiernos regionales, como las Secretarías Regionales del Ministerio de Vivienda y Urbanismo de Chile, destinan recursos para distintos propósitos.
Entre ellos se encuentra la asesoría, la actuación como instancia de mediación extrajudicial, el desarrollo de programas educativos sobre derechos y deberes.
Tenencia de mascotas
Como ley de gran apertura y mayor igualdad, se ha contemplado la posibilidad de tenencia de mascotas y animales de compañía.
Se trata de la necesidad de acordar, dentro de las comunidades, los espacios comunes que las mascotas pueden utilizar.
Esto funcionará como parte de cada uno de los reglamentos, los cuales no podrán prohibir la tenencia de mascotas.
Secretaría Ejecutiva de Condominios
La creación de la Secretaría Ejecutiva de Condominios perteneciente al Ministerio de Vivienda y Urbanismo de Chile (MINVU), es otro de los asuntos incorporados en la ley.
Esta tiene como objetivo la atención, de la forma más adecuada, de diversas problemáticas vinculadas a las copropiedades.
Además de la posibilidad de plantear propuestas de iniciativas de mejoramiento, ampliación o capacitación.
Mayor seguridad en los condominios
Para lograr una mayor seguridad en los condominios, se añaden a esta Ley de Copropiedad Inmobiliaria, determinadas exigencias.
Se trata de que todo condominio deberá contratar un seguro colectivo contra incendios y tener un Plan de Emergencias.
Además, los condominios tendrán que realizar la actualización de los mismos, al menos, una vez por año.
Condiciones para la construcción de condominios
Para la construcción de condominios, la nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria ha puesto determinadas condiciones.
El diseño de nuevos condominios se deberá integrar a la trama vial de la ciudad y al acceso directo a bienes nacionales de uso público.
Además, deberá asegurarse el tránsito expedito de vehículos de emergencia en su interior y aumentar la transparencia visual de los cierres perimetrales.
Nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria: ¿Cómo fortalece a las comunidades?
La nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria se trata de una normativa adaptada al tiempo en que se vive actualmente.
La idea de condominio se separa de la forma tradicional de propiedad individual, para dar lugar a un concepto diferente.
Este nuevo modo de propiedad permite a cada una de las personas que habitan en él, la posibilidad de vivir en armonía con los demás.
Plazos y vigencias
La nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria tendrá vigencia en los plazos que se indican a continuación:
- 1 año para que los condominios elaboren su propio reglamento de propiedad.
- 18 meses para que los administradores puedan acreditar la aprobación de un curso de capacitación o la certificación laboral adecuada.
- 6 meses para contratar el seguro colectivo contra incendios.
- 2 años para adaptarse a lo establecido, en los casos de condominios que han sido acogidos por la ley anterior.
Cabe aclarar que la nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria comienza a regir a partir de la fecha de su publicación y deroga la anterior ley, aunque de forma parcial.
Será un deber que se dicte el Reglamento de la nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria y Registro Nacional de Administradores de Condominios, dentro del plazo de 12 meses desde la fecha de publicación de la ley.
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